Setting up a representation office in the European Union (EU)
There are 5 possible scenarios for establishing a business presence in the EU. One option is to set up a representation office. Discover the different tax incentives your company may be eligible for.
Please check more information in our Internationalization section.
There are two main types of business entities to choose from, each with its own characteristics.
BRANCH
SUBSIDIARY
BRANCH
SUBSIDIARY
Even though setting up a branch is often a more demanding process than incorporating a new company, branches do come with a set of interesting tax advantages:
From a marketing perspective, a subsidiary is considered a European company and not a foreign entity. Subsidiaries benefit from several tax advantages:
For larger enterprises:
Public limited liability companies are selected mainly for larger enterprises. Some important characteristics include the following:
For smaller businesses:
Private limited liability companies are selected mainly for small and privately held businesses. These are some of the main characteristics
El inversionista extranjero dispone de varias alternativas para invertir en España:
Sin embargo, no es indispensable para invertir en España constituir una nueva entidad o asociarse con otras ya existentes. Se puede tener presencia en España, sin necesidad de establecer físicamente un centro de operaciones en España, a través de:
La apertura de una sucursal requiere el otorgamiento de escritura pública, que deberá inscribirse en el Registro Mercantil. Desde el punto de vista de la legislación sobre inversiones extranjeras, la sucursal debe tener un capital asignado, que no está sujeto a ningún requisito sobre monto mínimo.
La sucursal debe tener un representante legal facultado para administrar los asuntos de aquélla. No existen órganos formales de administración o gestión. Funciona en gran medida en sus relaciones comerciales con terceros como una sociedad.
La elección entre constituir una sucursal o una filial en España puede verse influida por motivos comerciales (e.g. puede considerarse que una sociedad aporta una presencia más “estable” que una sucursal) o por motivos de seguridad jurídica (con la filial se limita la responsabilidad del socio).
En términos generales, los requisitos, trámites formales y costos relacionados con la apertura de una sucursal son muy similares a los de la constitución de una filial.
Desde el punto de vista legal, las diferencias más importantes entre una sucursal y una filial se explican en el siguiente cuadro:
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S.A. |
S.L. |
Sucursal |
Concepto |
Sociedad de naturaleza mercantil dedicada a la explotación de una actividad económica con capital propio. |
Establecimiento dotado de representación permanente y de cierta autonomía de gestión, a través del cual se desarrollan las actividades de la sociedad matriz. Carente de personalidad jurídica independiente de la de su matriz. |
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Capital Social |
Capital mínimo de 60.000 € |
Capital mínimo de 3.000 € |
No se exige un mínimo |
Inscripción |
Escritura pública que deberá ser inscrita en el Registro Mercantil. |
Junto a la escritura de constitución de la sucursal han de presentarse para su inscripción en el Registro Mercantil, debidamente legalizados, los documentos acreditativos de la existencia de la sociedad matriz, sus estatutos vigentes, sus administradores y el acuerdo de creación de la sucursal |
Tanto a la sucursal como a la filial les resulta de aplicación un Impuesto de Sociedades del 30% sobre su beneficio neto. Al margen, ciertos aspectos han de ser tenidos en cuenta:
Personalidad jurídica: No tiene personalidad jurídica propia independiente de su matriz.
Formalidades para su apertura: No se requieren formalidades mercantiles, si bien a efectos principalmente fiscales, laborales y de seguridad social podría ser necesario el otorgamiento de una escritura pública (o documento otorgado ante Notario Público extranjero, debidamente legalizado con la Apostilla de la Haya o cualquier otro sistema de legalización que sea de aplicación) en la que se hará constar la apertura de la oficina de representación, la asignación de fondos, la identidad de su representante fiscal, persona física o jurídica residente en España, y sus facultades. La apertura de la oficina de representación no se inscribe en el Registro Mercantil.
Órganos de administración: No existen órganos formales de administración, sino que las actuaciones las lleva a cabo el representante de dicha oficina en virtud de las facultades que se le hayan conferido.
Actividades: En principio, las actividades de la oficina de representación están limitadas, siendo esencialmente de coordinación, colaboración, etc.
La sociedad no residente es responsable de las deudas contraídas por la oficina de representación en su totalidad.
Los principales impuestos directos aplicables en España son:
Para mayores detalles favor de descargar el documento elaborado por ICEX España Exportación e Inversiones es una entidad pública empresarial cuyo fin principal es la promoción de la internacionalización de la economía y de la empresa española y la mejora de su competitividad, así como la atracción y la promoción de las inversiones extranjeras en España.
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